BASES Y CONDICIONES
“Ganá un TV SMART con tu tarjeta CartaSur”
1.- Alcance:
Los sorteos se efectúan a través de la Campaña “Gana un TV SMART con tu tarjeta CartaSur”, realizado por la firma CARTASUR CARDS SA (en adelante CartaSur), quien revestirá el carácter de empresa organizadora de los mismos; con domicilio social en la calle Sixto Fernández nro. 124 de la localidad y partido de Lomas de Zamora. Provincia de Buenos Aires. Argentina y únicamente regirá para la provincia de Buenos Aires. República Argentina.
Podrán participar de la misma todas las personas físicas que al momento de hacerlo sean mayores de 18 años, legalmente capaces, y que cumplan con los restantes requisitos establecidos en las presentes Bases y Condiciones.
Los sorteos incluirán únicamente a los clientes -que cumplan con todos los requisitos- que pertenezcan a las sucursales mensualmente seleccionadas conforme cronograma que se detalla, no teniendo alcance alguno a los restantes clientes de CartaSur.
Quedan excluidos los colaboradores de CartaSur
2.- Período de vigencia:
La promoción tendrá una vigencia del 1/05/2022 hasta el 31/12/2022. Se sorteará un premio al mes, y el sorteo se realizará durante la última semana de cada mes. Nos comunicaremos con los ganadores para notificarlos.
3- Participantes de los sorteos:
Los clientes que serán incluidos en los sorteos son aquellos sean titulares de la tarjeta de crédito CartaSur y es requisito fundamental para acceder al sorteo que tengan su producto sin retraso alguno al momento del sorteo.-
4.- Modalidad de sorteo:
La selección del ganador se efectuará de la siguiente manera: mediante aplicación informática se exportarán todos los clientes participantes que deban concursar a una página del programa Excel que numerará automáticamente a todos los participantes.
Mediante un generador de números aleatorios, se generarán tres números: un ganador y dos suplentes.
Manualmente se comprobará que el perfil correspondiente al número ganador cumpla con los requisitos de participación exigidos para este sorteo.
Si no fuera así, se comprobará el suplente 1 ó el 2 sucesivamente.
Si ninguno de ellos cumpliera los requisitos, se volverán a generar otros tres números aleatorios de manera que el premio no quede desierto.
Si el ganador renunciase al premio, éste perderá todo derecho sobre él y se volverá a seleccionar en forma aleatoria a un nuevo ganador.
5.- Premios:
Los premios que se sortearán en total son 7 TV LED 32″ADMIRAL AD32E20 FHD. Se sorteará 1 por mes, por única vez y por persona.
6.- Notificación al ganador de cada sorteo y entrega del premio:
Una vez realizado el sorteo, personal autorizado del Call Center de CartaSur deberá comunicarse telefónicamente con el ganador para que se apersone en la sucursal correspondiente a los efectos de retirar el premio y firmar la documentación pertinente en la que se da por notificado efectivamente del resultado del sorteo y del consentimiento para la publicación de su foto como ganador en la página oficial de la empresa.
El premio lo deberá retirar el ganador personalmente, presentando su DNI, por la sucursal de origen (o previamente podrá acordar la sucursal CartaSur que le quede más cómoda), dentro de los horarios de atención de esta.
Si alguno de lo/s “Ganadore/s” no retirara el “Premio” dentro del plazo de 1 mes, perderá definitivamente el derecho a percibirlo con posterioridad, quedando el «Premio» en poder de “CartaSur”, sin derecho a reclamo alguno.
7.- Prohibiciones:
El premio acordado no podrá ser reemplazado ni sustituido por ningún otro distinto del obtenido, ni tampoco podrá solicitarse su reemplazo por efectivo.
Los premios no incluyen ningún pago, bien, ni servicio distinto del indicado en cada caso en estas Bases.
Queda prohibida su venta y/o comercialización, debiendo darse el uso específicamente otorgado en concepto de premio por el sorteo en el cual ha participado y aceptado previa y voluntariamente los términos y condiciones aquí informados.
8.- Autorización de imagen:
Los ganadores de los sorteos autorizan, por el solo hecho de su participación, autorizan a CartaSur y/o a su agencia de publicidad de manera libre, voluntaria, previa, explícita e informada para que a difunda sus datos personales simples (nombre, apellido y DNI), los cuales ha suministrado, así como a captar su imagen y/o voz a efectos de reproducirlo/s con fines publicitarios en los medios y formas que CartaSur Cards S.A. y/o su agencia de publicidad libremente determinen, sin derecho a compensación alguna, por un período de1 año.
Se deje expresa constancia de la posibilidad que el ordenamiento legal concede a fin de ejercer el derecho de acceso, rectificación y supresión de datos.
Será condición para que el premio sea efectivamente entregado la suscripción de la conformidad escrita por parte de los ganadores de la autorización para la utilización gratuita de sus datos personales e imágenes en forma gratuita y del modo indicado en el presente punto.
9.- Reserva:
CartaSur se reserva el derecho de establecer y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en estas bases y condiciones, reservándose así mismo el derecho de cancelar, suspender o modificar esta promoción por circunstancias no previstas que sean ajenas a la voluntad de CartaSur, aclarándose que cualquier modificación será ajustada a la legislación vigente en la materia, debidamente comunicada a los participantes.
10.-Aceptación:
La aceptación del premio implicará la conformidad y aprobación de todos los términos de las Bases y Condiciones, asimismo, implicará las decisiones que adopte CartaSur en su condición de Organizador, sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. –
11.- Jurisdicción:
Por toda divergencia que pudiera surgir con relación a esta promoción y a todos los efectos derivados de la misma, se establece la competencia exclusiva de los tribunales ordinarios con jurisdicción en los domicilios que correspondiere atendiendo a las siguientes particularidades: Diferendos entre CARTASUR y TITULAR, los correspondientes al domicilio del TITULAR; diferendos entre CARTASUR y CODEUDOR, el correspondiente al domicilio del CODEUDOR, diferendos entre CARTASUR con TITULAR, ADICIONALES firmantes Y CODEUDOR, el domicilio del TITULAR.
Publicado el 02 de mayo de 2022